¿Existe la vida después de la muerte?: Reconocimiento y ejecución de laudos anulados en sede extranjera
Palabras clave:
convención de Nueva York, laudo, jurisprudencia
Resumen
La certeza de obtener un laudo que sea reconocido y ejecutado es el principal motivo por el cual las partes deciden someter su controversia a un arbitraje. Sin embargo, esta seguridad puede verse truncada – entre otros factores – por la interposición del recurso de anulación de laudo antes los tribunales estatales de la sede arbitral, quienes por causales arbitrarias deciden anular el laudo. Dicha situación, genera varias interrogantes, la principal de ellas es qué ocurrirá con el laudo anulado. En ese escenario, el presente artículo busca esclarecer esta incertidumbre a través del análisis de la posibilidad de reconocer y ejecutar un laudo arbitral anulado en otra jurisdicción, establecida en la Convención de Nueva York. De otro lado, se realizará una breve exposición de la doctrina y jurisprudencia de las principales Cortes extranjeras, que han abordado esta problemática. Ello con el propósito de intentar establecer una propuesta de solución que ayude a mitigar dicha incertidumbre.
Publicado
2019-10-14
Cómo citar
Reinides, Y., & Jiménez, A. (2019). ¿Existe la vida después de la muerte?: Reconocimiento y ejecución de laudos anulados en sede extranjera. Forseti. Revista De Derecho, 2(2), 227-254. https://doi.org/https://doi.org/10.21678/forseti.v2i2.1207
Sección
Artículos